ITE inspección técnica de edificaciones
La Inspección Técnica de Edificaciones o inspección técnica de los edificios; más conocida por sus siglas ITE, es un control técnico al que deben someterse cada cierto tiempo los edificios en algunas ciudades españolas.
La ITE es un tipo de mantenimiento legal preventivo, por el cual se somete periódicamente a los edificios a la revisión de una serie de elementos que afectan a la seguridad del inmueble y de las personas que lo habitan. La legislación que rige la ITE viene establecida por las distintas Ordenanzas Municipales, que determinan las condiciones para las inspecciones.
Las distintas ordenanzas establecen la periodicidad mínima con la que los edificios deben pasar la ITE. Ésta puede variar entre los 5 y los 30 años, según la ciudad y la antigüedad del inmueble.
Asimismo, establecen que la obligación de realizar la ITE corresponde al/los propietario/s del edificio, quienes deberán contratar a un técnico independiente que emita un informe en el que establecerá el estado de conservación del mismo, y si fuera necesario o no realizar obras de conservación o rehabilitación.
Elementos que se revisan en la ITE
Dependiendo de las normativas locales, pueden ser susceptibles de revisión distintos elementos del inmueble, destacando:
- Cimentaciones y estructuras.
- Fachadas, medianeras y carpinterías exteriores.
- Estanqueidad y cubiertas.
- Instalaciones generales (generalmente saneamiento).
- Otros elementos que afecten a la seguridad, salubridad u ornato público.
Consecuencias de un informe negativo de la ITE
Si en la inspección del edificio resultan afectados alguno de los elementos que se analizan, se concede un plazo de tiempo para ejecutar las obras necesarias para repararlos, que se determinará a criterio del técnico que realiza el informe en función de la gravedad de los daños. Una vez terminadas las obras, se emitirá un certificado final de obras (también llamado a veces "certificado de idoneidad") firmado por técnico competente, en el que se indique que se han subsanado los desperfectos, o en su defecto, un nuevo informe ITE con resultado positivo.
Un edificio que no haya realizado la ITE en el plazo determinado puede ser sancionado.
Ciudades con Ordenanza ITE en vigor
A fecha de agosto de 2010, los municipios con ITE en vigor son:
- Alcalá de Henares
- Alcobendas
- Alcoy
- Cádiz
- Córdoba
- Estepona
- Granada
- Huelva
- Jerez de La Frontera
- La Coruña
- León
- Lugo
- Madrid
- Málaga
- Móstoles
- Palma de Mallorca
- San Cristobal de La Laguna
- San Sebastián de Los Reyes
- Sevilla
- Toledo
- Valdemoro
- Valladolid
- Vigo
- Zamora
- Zaragoza